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Sala IV acoge gestión de desobediencia contra el alcalde de Osa

Por Luis Castrillo Marín. La Sala Constitucional acogió una gestión de desobediencia que pesa sobre el alcalde de Osa, Minor Anchía, debido a falta de cumplimiento de la sentencia 2025037551 de las 09:20 horas...

Revista Entre Cantones 3 min lectura

Por Luis Castrillo Marín.

La Sala Constitucional acogió una gestión de desobediencia que pesa sobre el alcalde de Osa, Minor Anchía, debido a falta de cumplimiento de la sentencia 2025037551 de las 09:20 horas del 14 de noviembre de 2025 que le ordenaba a la Municipalidad de ese cantón desalojar a cientos de vendedores que en la actualidad invaden de manera ilegal la Zona Marítimo Terrestre de Playa Dominical.

Durante el 29 de agosto del año pasado el abogado, Karl Villalobos Hoffmann, presentó un recurso de amparo en contra del citado municipio en representación de vecinos de Playa Dominical -acción que se tramitó en el expediente el expediente 25-026160-0007-CO– solicitándole a la Sala que le ordenara al gobierno local de Osa limpiar la ZMT del citado lugar turístico de comerciantes informales que operan completamente al margen de la Ley sin pagar patente, impuestos o aportar contribuciones económicas a la seguridad social del país.

El Tribunal concedió cuatro meses de plazo -que vencieron en marzo 2026- para que la Municipalidad procediera a limpiar la ZMT; sin embargo, a la fecha el lugar permanece invadido por los expendedores de tiliches, ropa de playa y paños, entre otra gran cantidad de artículos.

Acción fallida

El pasado 13 de agosto la Municipalidad llevó a cabo un operativo de desalojo en el sitio; no obstante, apenas 24 horas regresaron al mismo sitio sin que el gobierno local haya logrado concretar la orden del Tribunal.

“Se acoge la gestión de desobediencia formulada. Se le ordena a Mainor Anchía Angulo, en su condición de alcalde y a Daniela López Rivera, en su condición de encargada a. i. del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, ambos de la Municipalidad de Osa, o quienes en sus lugares ocupen dichos cargos, que procedan a dar cumplimiento a lo dispuesto por esta Sala en la sentencia nro. 2025- 037551 de las 09:20 horas del 14 de noviembre de 2025”.

El abogado Villalobos Hoffmann señaló que “esta es una posición muy clara de parte de la Sala en el sentido de que es necesario proceder de inmediato a desalojar a todos los invasores de la Zona Marítimo Terrestre de Playa Dominical”.

“No queda más camino que ajustarse a lo que indica el Tribunal Constitucional. Creo este es el primer caso de un alcalde condenado por desobediencia en la Sala Constitucional, estamos ante un hito histórico”, explicó el profesional en Derecho.

El artículo 12 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre (N° 6043 del 02 de marzo de 1977) en ese lugar “es prohibido, sin la debida autorización legal, explotar la flora y fauna existentes, deslindar con cercas, carriles o en cualquier otra forma, levantar edificaciones o instalaciones, cortar árboles, extraer productos o realizar cualquier otro tipo de desarrollo, actividad u ocupación”.

Playa Dominical, está considerada como uno de los mejores puntos de surf de Costa Rica; además, tiene una extensión de aproximadamente cuatro kilómetros.